Informe sobre la situación del traductor de libros en España
Lunes, 31 de agosto de 2026.
En la primavera de 2003, VASOS COMUNICANTES 25 publicó este estudio completo, disponible también este enlace, encargado por ACE Traductores, subvencionado por CEDRO y realizado por las sociólogas Carmen Macías Sistiaga y Matilde Fernández-Cid con colaboración de Catalina Martínez Muñoz y José Manuel de Prada Samper.
ACEtt encarga en julio de 2002 la realización de una investigación para profundizar y validar externamente el conocimiento que posee sobre la actual situación profesional —laboral y económica— del conjunto de traductores de libros. Este encargo tiene un antecedente en la encuesta realizada en 1996, por iniciativa asimismo de ACEtt, y publicada en 1997 con el título de Libro blanco de la traducción en España. Precisamente los resultados de ese primer trabajo, ya entonces inquietantes, sugieren la conveniencia de seguir indagando en algunos de sus contenidos, transcurridos ya cinco años. En esta ocasión, el motivo central del trabajo lo constituye la valoración del posible impacto y el nivel de cumplimiento del Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado en el mes de abril de 1996.
En él se apuntaban ya datos interesantes en relación con un fenómeno que hemos constatado con el paso de las décadas: la feminización de la profesión. Según dice el estudio:
Entre los noveles —hasta seis años de experiencia— las mujeres duplican con creces la representación porcentual de los hombres (38 % frente a 15 %) y asimismo es muy notable la sobrerrepresentación de los menores de treinta y cinco años (80 % frente al 28,5 % del total). Por el contrario, en el grupo de los más veteranos —más de quince años de experiencia— la representación de los hombres casi duplica la de la mujeres (52 % frente a 27 %) y la de los traductores mayores de cincuenta y cinco años es también casi el doble que la del conjunto (71 % frente a 38 %). A partir de estos datos creemos que puede hablarse en rigor de la existencia de un proceso de feminización de la profesión traductora, más allá del proceso general de incorporación de las mujeres al ámbito del mercado laboral en su conjunto.
La incorporación de nuevos profesionales —mayoritariamente mujeres jóvenes como acabamos de ver— en los últimos seis años, se revela mucho más intensa en Cataluña que en Madrid (40 % frente al 11 %), las dos Comunidades que acaparan el 77 % de la actividad traductora al castellano en el ámbito del mercado editorial en nuestro país.

Bastaix (mozo de carga), detalle de una puerta de Santa Maria del Mar, Barcelona
A pesar de los veinticinco años transcurridos, son muchos los datos que siguen siendo pertinentes, de modo que reproducimos aquí la síntesis final de resultados:
En el colectivo de traductores de libros al castellano al que se ha dirigido esta consulta se dan de forma dominante las siguientes características:
- Aproximadamente el 45 % de los consultados se dedica con carácter exclusivo a la traducción, si bien una parte de ellos pone de manifiesto que no puede traducir sólo libros por causa de las bajas tarifas que mantienen las editoriales, y debe realizar por tanto, para completar sus ingresos, traducciones de otro tipo, generalmente técnicas para agencias. El 55 % restante compagina el trabajo de traducción con otra actividad profesional, fundamentalmente la docencia de nivel superior y la creación literaria. Las mujeres, menores de treinta y cinco años y residentes en Cataluña se dedican de forma exclusiva a la traducción de libros en proporción más elevada que el resto.
- Casi las tres cuartas partes del colectivo traduce con anterioridad a la puesta en vigor del Texto refundido de la L. P. I., en abril de 1996. La cuarta parte restante se ha incorporado a la profesión después de la reforma de la Ley. En bastante mayor proporción son mujeres, de menos de treinta y cinco años y residentes en Cataluña, quienes se han incorporada en los últimos seis años.
- El número de libros traducidos durante el periodo 1995-2001, en que se ha centrado la consulta, es elevado en su conjunto (23 libros de media por traductor), aunque es muy heterogénea la distribución individual de libros traducidos. Mientras un 25 % ha traducido más de 30 libros, un 20 % sólo ha traducido cinco o menos libros. La moda ¾valor más frecuente¾ se sitúa entre seis y quince libros. Los que traducen con dedicación exclusiva y a partir de varias lenguas han traducido el doble número de libros que los que compaginan la traducción con otra profesión y traducen a partir de una sola lengua. En Cataluña es mucho más alta (32) que en Madrid (19) y que en las otras comunidades autónomas de las que se posee información (14), la media de libros traducidos al castellano durante este periodo.
- El 62 % del colectivo traduce al castellano a partir de varias lenguas –el 31 % a partir de dos, el 21 % a partir de tres y el 10 % de más de tres– El 38 % restante traduce a partir de una sola lengua. Las lenguas de partida de mayor uso son: inglés (64 %), francés (52 %), italiano (28 %), alemán (18 %), catalán y portugués (10 %). Entre las lenguas de uso minoritario se encuentran: ruso, checo, neerlandés, árabe, albanés, rumano, turco, chino y japonés.
- El 40 % de los consultados cotiza al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social y una tercera parte se halla cubierta por el Régimen General, debido a su otra profesión. Un 10 % se acoge a diversos Regímenes especiales; un 3 % declara que está exento de cotización y un 17 % no cumple con la legalidad en materia fiscal porque se lo impide, o dificulta al menos, la escasez de sus ingresos profesionales.
- Al inicio del periodo 1995-2001, el 14 % del colectivo realizaba siempre su trabajo sin formalizar relación contractual con la editorial para la que traducía y al final del mismo este porcentaje ha descendido al 8 %. Los que traducían siempre bajo contrato eran poco más de la mitad en los años 1995-1996 y superan las tres cuartas partes en el año 2001. Disminuyen también en estos años los que traducen unas veces con contrato y otras sin él. Las mujeres y los menores de treinta y cinco años han trabajado siempre sin contrato en proporción mayor que el resto.
- El contrato de tipo general, como marco de relación contractual entre traductores y editores, aumenta su presencia en este periodo; al inicio del mismo representaba el 65 % del total de contratos y al final representa casi el 80 %. Desciende por el contrario el contrato a tanto alzado, desde el 31 % al 13 %. Y el contrato mixto mantiene en todo el periodo una escasa presencia.
- La estipulación de porcentaje por derechos de autor en los contratos de tipo general y mixto, a que obliga la L. P. I. en su Texto refundido de 1996, se incrementa en proporción significativa durante estos años: en 1995-1996, el 45 % había visto siempre respetado este derecho en sus contratos y en 2001 el porcentaje es el 65 %. Permanece sin embargo estable el 10 % que nunca ha visto respetado en sus contratos este derecho.
- En los casos en que se ha estipulado porcentaje por derechos de autor, apenas varía la cuantía media del mismo a lo largo del periodo: entre un 1,2 % al principio y un 1,5 % al final. La media del porcentaje estipulado es siempre más alta entre los hombres, mayores de cincuenta y cinco años, que no se dedican en exclusiva a la traducción y que han traducido un pequeño número de libros, por tanto, traductores consagrados pero ocasionales, que no viven de la traducción.
- Entre la cuarta parte aproximada que ha traducido bajo contrato a tanto alzado en el conjunto del periodo, los que tienen constancia de la existencia, en todos los casos, de «manifiesta desproporción» entre la cantidad contratada y los beneficios editoriales, disminuyen moderadamente en estos años.
- Casi la mitad de los consultados no ha recibido nunca información de las editoriales sobre datos de tirada de la obra traducida, si bien esta proporción se modera en el transcurso del periodo y se sitúa en el 38 %. Los siempre informados aumentan su presencia en años sucesivos, del 6 % al 19 %. Y los que han recibido esta información de forma irregular mantienen un porcentaje elevado y estable en torno al 40 %. La información sobre datos de ventas responde a una dinámica y unas cifras de cumplimiento/incumplimiento muy similares a las anteriores.
- El 54 % de los consultados no ha obtenido en estos años ningún saldo positivo en su liquidación de derechos de autor. El porcentaje de los que han obtenido alguna liquidación con saldo positivo crece, no obstante, en estos años y en el 2001 representa la quinta parte del colectivo.
- La transgresión de la L. P. I. por parte de las editoriales en relación con las «cesiones a terceros» es habitual. Sólo el 57% de los consultados posee conocimiento expreso de que se haya producido cesión a terceros de alguna de sus traducciones. Entre éstos la experiencia es diversa: el 33 % nunca ha sido informado previamente por la editorial cedente de la cesión; el 7 % sí ha sido informado y el 18 % ha recibido de forma irregular esta información. La mitad del grupo ha percibido por el acto de cesión una cantidad fija o tanto alzado, pactada sin su intervención entre las editoriales. El resto ha percibido un porcentaje —entre el 20 % y el 60 %— de la cantidad pactada entre editoriales. La casi totalidad (92 %) de los afectados por cesiones no ha formalizado nunca nuevo contrato con la editorial cesionaria en el que se estipulen derechos de autor para el traductor de la obra cedida, ni ha recibido por tanto liquidación alguna de estos derechos.
- Son muy pocos los que a lo largo de este periodo han reclamado a las editoriales cuando han visto transgredidos los derechos patrimoniales que la L. P. I. reconoce. Sólo el 10 % ha reclamado en todas las ocasiones y más del 40 % no ha reclamado nunca; otro 10 % ha reclamado en algunas ocasiones. Los comportamientos reivindicativos han evolucionado a la baja durante estos años, lo que se explica por la frecuente respuesta de las editoriales de prescindir del traductor que reclama derechos.
- Ha mejorado de forma significativa el respeto de las editoriales a los derechos morales de los traductores, también reconocidos en la L. P. I. En relación con el respeto a la integridad del texto traducido, aunque sólo un 2 % tiene una experiencia por completo negativa, permanece una tercera parte cuya experiencia es de irregularidad. Es más elevado el respeto de las editoriales a explicitar el nombre del traductor en lugar visible del libro y su evolución durante el periodo analizado es positiva: 70 % al inicio y 85 % al final. Por lo que respecta a la mención del copyright de la traducción, las cifras de transgresión son más elevadas que para el anterior, aunque su evolución ha sido también positiva: 50 % en 1995-1996 y 64 % en 2001. Los menores de treinta y cinco años y menos años de ejercicio de la traducción han visto conculcados estos derechos en mayor proporción que el resto.
- Más del 90 % de los consultados ha cobrado habitualmente sus traducciones «por página», aumentando este porcentaje a lo largo del periodo, desde el 84 % inicial al 96 % final. Un 6 % ha cobrado, alguna vez al menos, «por palabra» y un 8 % en forma diferente a las anteriores. En el cobro por página, la cantidad media percibida es de 1.484 pesetas con una desviación típica de 313 pesetas, es decir, una heterogeneidad moderada en las tarifas percibidas. Las mujeres y los menores de treinta y cinco años obtienen una tarifa media más baja. Los que ejercen la traducción en exclusiva también obtienen tarifa media inferior a la de los que compaginan la traducción con otra profesión.
- A lo largo del periodo se acentúa la práctica de las editoriales de no respetar la plantilla imaginaria e introducir una nueva forma de cómputo sólo por caracteres escritos sin contar los espacios en blanco. Esta práctica, dado el estancamiento de las tarifas, resulta muy lesiva para los traductores, que ven disminuidos sus ingresos brutos por traducción. El 26 % de los consultados se ha visto afectado en alguna ocasión al menos por esta práctica, aunque todavía son mayoría (59 %) los que siempre han visto respetada la plantilla imaginaria.
- Se puede afirmar, con la precaución que aconseja la incompleta información obtenida en esta consulta sobre este tema, que la situación económica general del colectivo de traductores, especialmente en lo que se refiere a los que ejercen en exclusiva la traducción, es, como mínimo, poco satisfactoria. Las cifras aproximadas de ingresos brutos anuales aportadas por los consultados, remiten a una clara falta de correspondencia entre la importancia «real» de la función social del traductor y el reconocimiento económico de esta función. Dentro de la precariedad económica como situación dominante en el colectivo, la diferencia de ingresos brutos entre hombres y mujeres -a favor de los primeros- es significativa.
- Como conclusión general extraída de los comentarios incluidos al final del cuestionario, es posible afirmar que la situación de la profesión de traductor en España, a partir del año 1996, no sólo no ha mejorado sino que se han acentuado en ella las contradicciones y los signos de preocupación que se desvelaban en el trabajo que sirvió de base para la confección del Libro Blanco de la traducción, en ese mismo año 1996.
- En este sentido, los datos cuantitativos pueden inducir a engaño, puesto que reflejan, en la mayor parte de los casos, los aspectos «formales» de la incidencia de la L. P. I. en la práctica profesional de los traductores de libros, y, en este campo, sí han mejorado bastante las cosas. No dan cuenta sin embargo estos datos de los procesos de vaciamiento de contenido «real», que las mejoras «formales», obtenidas en el marco de la reforma de la L. P. I., pueden experimentar y de hecho experimentan en este caso.
La desinformación es, como se ha visto en el desarrollo del informe, otro elemento fundamental para dejar sin contenido «real» el respeto «formal» a los derechos patrimoniales de los traductores amparados por la L. P. I. En consecuencia, la valoración que hacen los traductores de libros sobre la influencia o repercusión de la Ley en las condiciones concretas de su práctica profesional, no puede ser más que negativa.
Mi impresión es que la mayoría de las editoriales no se han enterado de la L. P. I. y pocas, muy pocas, la asumen plenamente.
La L. P. I. no ha servido para frenar los abusos ni elevar nuestros ingresos.
Los editores siguen sin respetar la Ley y nos torean.
La valoración negativa se expresa desde luego de forma mucho más acusada entre los traductores profesionales «en sentido estricto» que entre aquellos otros que «no viven» de la traducción.
Nota de VASOS COMUNICANTES: quien desee actualizar las 1.484 pesetas de la tarifa media citada en el punto 16 deberá tener en cuenta no solo la conversión a euros y la inflación sino la merma que supuso el paso del sistema de cómputo por «plantilla imaginaria» al «recuento» mencionado en el punto 17. El cambio de sistema de cómputo supuso una reducción en la tarifa que , según el género literario y el tipo de texto, oscilaba entre el 15 % y el 20 %. Véase el estudio publicado en VASOS COMUNICANTES.





