Presencia de la traducción en las subvenciones estatales a la edición de libros, Juan Arranz

Viernes, 13 de septiembre de 2024.

 

Convocatoria de ayudas a la traducción

Convocatoria de ayudas a la traducción 2024

Hace unos días VASOS COMUNICANTES publicó un breve comentario de la traductora francesa Marianne Millon al respecto de los últimos cambios en la regulación de las ayudas públicas a la edición de libros en Francia. Explicaba Millon que, gracias a la insistencia de sus reivindicaciones, las traductoras y traductores del país vecino habían conseguido que se revisase al alza la tarifa mínima de traducción exigida a los proyectos solicitantes de ayudas, desde los 21 euros brutos por 1200 matrices de recuento fijados en 2015 hasta 23 euros brutos vigentes a partir de 2024. Dicha tarifa debe figurar en el contrato de traducción que se entrega como parte del expediente de la candidatura, por lo que se convierte en una de las condiciones imprescindibles de admisión del proyecto. Marianne Millon cerraba su artículo deseando que esta medida sirva de inspiración para muchos editores españoles y de otros países.

A la hora de valorar la medida desde la perspectiva de la traducción para el mercado editorial español, es necesario aclarar que tales tarifas no solo están muy alejadas de las usuales en nuestro país, sino que también son superiores a las habituales en la industria editorial francesa. No obstante, la relevancia de la cifra recién aumentada sigue siendo considerable, sobre todo si tenemos en cuenta el impacto de las ayudas a la edición o a la traducción en Francia: en 2023 el número de libros subvencionados por el  Centro Nacional del Libro alcanzó los 989, publicados en muchos casos por editoriales de gran renombre, y el montante total de las subvenciones ascendió a casi cuatro millones de euros.

El hecho de que una institución tan arraigada exija unas tarifas mínimas de traducción para los proyectos candidatos a sus subvenciones ―seguramente mucho más numerosos que los seleccionados finalmente― plantea un horizonte de expectativas tarifarias reconocido y formalizado, algo que por fortuna para los traductores franceses lleva haciéndose en su país desde hace muchos años. Se aprecia así una voluntad evidente por parte de las instituciones reguladoras francesas de influir de manera directa en la retribución de nuestros compañeros, y de hacerlo, además, anteponiendo el interés del trabajador de la cultura. Una conclusión accesoria de esta medida es la posibilidad de que el Estado mencione públicamente cifras concretas de remuneraciones al trabajador autónomo sin incurrir en infracción de las leyes europeas de competencia, las cuales en cambio sí se lo impiden a los propios trabajadores y a las Asociaciones que los representan.

Si comparamos la situación en Francia con la de las ayudas a la edición que otorga el Ministerio de Cultura español (a través de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura) no es difícil observar las diferencias, tanto de fondo como de forma. En primer lugar, las bases de las «Subvenciones para la edición de libros» del Ministerio no solo no fijan una tarifa mínima para la traducción, sino que tampoco recogen que haya que atender a la correcta remuneración (en cantidades y en plazos) de los colaboradores editoriales como condición de admisibilidad o como un criterio más de evaluación del baremo. Lo cierto es que desde 2020 la comisión de valoración incluye a un representante de ACE Traductores entre sus miembros, quien vela por el respeto a la figura del traductor en el proceso y cuyas opiniones a lo largo del mismo son muy tenidas en cuenta; pero la ausencia de una mención explícita de la traducción en las bases provoca que ni siquiera sea necesario identificar la obra candidata como original o traducida, de manera que las condiciones de trabajo del traductor o traductora no se tienen en cuenta en la fase de aceptación de candidaturas y solamente se analizan en algunos casos durante la fase de baremación, casi siempre por petición expresa del representante de ACE Traductores para aquellas candidaturas en que lo considera oportuno. De este modo, y al contrario que el CNL francés, el Ministerio de Cultura no aprovecha la ocasión de esta subvención para plantear una tarifa de referencia, algo que sería de gran ayuda a la hora de la negociación entre traductores y editores sobre unos principios consensuados en lugar de impuestos por una de las partes.

Más curioso aún resulta que la mención de las tarifas de traducción sí aparece incluida en las bases de otras ayudas del Ministerio de Cultura: para el caso de las destinadas específicamente a la traducción, o sea las «Subvenciones para el fomento de la traducción en lenguas extranjeras» y las «Subvenciones para la traducción de libros entre lenguas del Estado», las convocatorias correspondientes señalan:

[…] si el coste que figura en el contrato se adecúa a las tarifas recomendables, teniendo en cuenta tanto la extensión como las dificultades de la obra. En el caso de considerar que este no se ajusta adecuadamente, lo hará constar en el informe a efectos de aplicar para ello un índice corrector» (apartado 11.1).

No deja de ser paradójico que este criterio exista no solo para la ayuda a las traducciones entre lenguas estatales (que en general se venderán en el mercado editorial español), sino también para la ayuda a traducciones en el extranjero, respecto de las cuales difícilmente la comisión podrá valorar la adecuación de la retribución, dado que esta va a depender del país en el que se publique cada obra.

Además, se da la circunstancia de que quien solicita y recibe estas dos subvenciones a la traducción no es quien realiza la traducción subvencionada (la traductora o traductor), sino quien la va a publicar (el editor). El agravio comparativo se da no solo con la situación de las ayudas francesas, sino también con las «Subvenciones para la Creación Literaria» del propio Ministerio de Cultura, que sí están destinadas directamente al traductor, permitiéndole así llevar a cabo su trabajo con mayor independencia y facilitándole la misión de alcanzar unas condiciones salariales justas en su negociación con el editor.

En cuanto a las «Subvenciones para la edición de libros», no parece que haya ningún obstáculo para que la formulación procedente de las convocatorias «menores» citada más arriba se incluya también en las bases de la convocatoria principal. Esta última es, con diferencia, la mejor dotada presupuestariamente (1 150 000 euros) y la más numerosa: en la convocatoria ya cerrada de 2024 se presentaron más de 1700 proyectos, por parte de más de 500 editores, y  resultaron elegidas como destinatarias un total de 250 editoriales con entre uno y cinco proyectos cada una (normalmente, dos o tres); la subvención por proyecto va de los 1000 a los 5000 euros (que cubren el cincuenta por ciento del coste), con unas cuantías predominantes de entre 2500 y 3500 euros. En consecuencia, han recibido subvenciones casi la mitad de las editoriales candidatas, y dichas subvenciones oscilan en muchos casos entre los 5000 y los 10 000 euros por editor, cifras nada desdeñables y que demuestran el potencial de estas ayudas a la hora de influir en la situación del negocio editorial. La presencia en sus bases de una referencia a la remuneración de los colaboradores externos, incluso si no llevara consigo la fijación de unas tarifas mínimas, sería un paso adelante para la protección de las condiciones laborales de las trabajadoras y trabajadores autónomos de la industria del libro.

En resumen: mientras las ayudas estatales francesas a la edición de libros aseguran para la traducción una remuneración por encima de la acostumbrada ―repartiendo así la subvención entre los artífices del libro traducido (editor y traductor) y proponiendo a la vez unas expectativas de retribución para el traductor del libro no subvencionado mayores de lo habitual―, las ayudas estatales españolas se limitan, en el mejor de los casos, a recomendar el respeto de las tarifas de traducción habituales ―entregando de este modo al editor la totalidad del beneficio material de la subvención― y, en el peor de los casos, esquivan la oportunidad de proteger la situación salarial del traductor ―al dejar abierta la posibilidad de que algunas editoriales reciban dinero público a pesar de no remunerar de manera justa a sus colaboradores, o incluso de no hacerlo de ningún modo―. Como ya se ha comentado, Marianne Millon hablaba al final de su artículo de inspiración para los editores españoles. Ojalá no solo estos, sino también los responsables de regular las diversas ayudas estatales a la edición sigan el ejemplo francés y se planteen la necesidad de fijar unas tarifas mínimas de traducción para los proyectos editoriales que las solicitan.

 

Juan Arranz Muñoz es filólogo y profesor de Lengua y Literatura en Secundaria. Ha trabajado como corrector editorial, editor de francés y docente universitario. Traduce del francés y del inglés y colabora en la redacción de VASOS COMUNICANTES desde 2020.