Hexálogo o código de buenas prácticas del CEATL

El Consejo Europeo de Asociaciones de Asociaciones de Traducción Literaria (CEATL) aprobó en su asamblea general del 14 de mayo de 2011 esta lista de seis mandamientos del «juego limpio» en la traducción literaria, que se pueden consultar en su web tanto en inglés como en francés. ACE Traductores, como miembro del CEATL y aprovechando la reciente publicación de la Guía de contratos de traducción justos del CEATL, quiere difundir este Hexálogo en Vasos Comunicantes con la esperanza de que sirva para mejorar las condiciones de trabajo de los traductores dentro y fuera de España.

Traducción de Arturo Peral

Fotografía de Richard Woeber (pixabay.com)

  1. Cesión de derechos

La cesión de derechos para la explotación de una obra deberá limitarse a un máximo de cinco años, así como a los límites y la duración de la cesión de derechos de la obra original. Los derechos cedidos deberán detallarse en el contrato.

  1. Remuneración

La remuneración por la obra encargada será proporcional; permitirá al traductor vivir de un modo decente y entregar una obra de buena calidad literaria.

  1. Modalidades de pago

Al firmar el contrato, el traductor recibirá un adelanto de al menos un tercio de la remuneración pactada. El resto se le entregará como muy tarde al entregar el manuscrito.

  1. Obligación de publicación

El editor publicará la traducción en el plazo fijado en el contrato, y este plazo no superará los dos años desde la entrega del manuscrito.

  1. Participación en los derechos de autor

El traductor tendrá derecho a una participación proporcional a los derechos de autor por la explotación de su obra en el formato que sea, a partir del primer ejemplar.

  1. Nombre del traductor

El nombre del traductor, en tanto que autor de la traducción, figurará en los lugares donde aparezca el nombre del autor original.